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A person working on the field

Certificación laboral

Paso uno de la certificación laboral: Solicitud de PWD

 

Como primer paso en el proceso de PERM, su empleador hace una "solicitud de salario prevaleciente" al Departamento de Trabajo de los EE. UU. (DOL). La solicitud de salario prevaleciente proporciona al DOL información sobre la oferta, como requisitos laborales, deberes laborales y ubicación del lugar de trabajo. El DOL utiliza esta información para emitir al empleador una determinación de salario prevaleciente (PWD), indicando el salario común para el puesto de trabajo específico en la ubicación del lugar de trabajo específico.

 

La PWD es un aspecto importante del proceso PERM, porque la ley de inmigración requiere que los empleadores paguen a los trabajadores extranjeros al menos el salario vigente para el puesto de trabajador. Las personas con discapacidad pueden variar mucho según la ubicación geográfica del trabajo. Por ejemplo, la PWD para un abogado que trabaja en el área metropolitana de Nueva York será muy diferente de la PWD para un abogado que trabaja en una zona rural de Texas. Los empleadores deben proporcionar la ubicación correcta del lugar de trabajo en la solicitud de salario prevaleciente para garantizar que el DOL le proporcione al empleador la PWD precisa

 

 

Paso dos de la certificación laboral: colocación de anuncios y contratación

 

El siguiente paso de reclutamiento es especialmente crítico, ya que el objetivo del proceso PERM es demostrarle al DOL que ningún trabajador estadounidense calificado y dispuesto solicitó la oportunidad de trabajo. Su empleador debe realizar un reclutamiento de “buena fe”, lo que significa que el reclutamiento debe calcularse genuinamente para atraer a todos los trabajadores estadounidenses disponibles.

 

Para PERM, hay tres anuncios obligatorios. Su empleador debe colocar un anuncio en la agencia estatal de la fuerza laboral en el estado del empleo previsto.

Por ejemplo, digamos que su empleador se encuentra en Virginia, pero la oportunidad de trabajo se encuentra en Maryland. Su empleador debe colocar el anuncio en la agencia de la fuerza laboral del estado de Maryland, ya que esa es el área de empleo previsto.

 

Además, su empleador debe colocar anuncios en los periódicos en dos domingos diferentes. El periódico debe ser el periódico de mayor circulación general en el ámbito del empleo previsto. En el ejemplo anterior, una buena opción para el periódico sería el Washington Post.

 

Junto con los anuncios obligatorios, su empleador también debe colocar otros tres anuncios y publicar un aviso de la oportunidad de trabajo en el lugar de trabajo.

 

Por lo general, se recomienda que los empleadores coloquen todos los anuncios al mismo tiempo (o casi al mismo tiempo) si es posible. La razón de esto es que todos los anuncios deben tener menos de 180 días al momento de presentar la solicitud PERM. Si uno de los anuncios tiene más de 180 días, ese anuncio no se puede usar para el PERM, y el empleador deberá colocar otro anuncio antes de presentar el PERM.

 

Por ejemplo, digamos que el empleador recibió la PWD el 1 de enero de 2013 y colocó el anuncio en la agencia estatal de la fuerza laboral, los dos anuncios en el periódico y otros dos anuncios en el mes de enero. El empleador no coloca el anuncio final hasta el 1 de octubre de 2013. El empleador no podrá usar los anuncios de enero para el PERM porque ahora tendrán más de 180 días. El empleador tendrá que volver a colocar todos esos anuncios, lo que podría provocar retrasos graves en el proceso de la tarjeta verde.

Certificación laboral Paso tres: Presentación del formulario ETA 9089

 

Una vez que se completen los anuncios, su empleador presentará la solicitud de PERM ante el DOL utilizando el Formulario ETA 9089 (siempre que ningún trabajador estadounidense calificado y dispuesto haya solicitado el puesto de trabajo). Al igual que con la solicitud de salario prevaleciente, su empleador presenta este formulario electrónicamente en el DOL. El formulario ETA 9089 nuevamente proporciona al DOL información sobre la oportunidad de trabajo (como la ubicación del lugar de trabajo, los deberes, los requisitos y el salario prevaleciente), información sobre el proceso de contratación del empleador (como dónde el empleador colocó los anuncios y en qué fechas) , e información sobre el trabajador extranjero (como el lugar de nacimiento del trabajador, credenciales de educación y experiencia laboral).

 

Después de presentar el formulario ETA 9089, esperará varios meses para que el DOL adjudique el PERM. El DOL puede (1) aprobar el PERM (2) denegar el PERM o (3) auditar el PERM. Si su PERM es auditado, el DOL le pedirá a su empleador que proporcione evidencia adicional para la solicitud. Después de que su empleador responda a la solicitud de auditoría, el DOL revisará la nueva evidencia y aprobará o negará el PERM.

 

Después de recibir el PERM aprobado, su empleador puede pasar al siguiente gran paso del proceso, que es presentar una petición de visa I-140 en su nombre con ciudadanía estadounidense y

 

Para patrocinar a un trabajador extranjero para una tarjeta verde de los EE. UU., un empleador de los EE. UU. debe completar la Petición de inmigrante I-140 para trabajador extranjero (“petición I-140”). El empleador de EE. UU. Presenta esta petición ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. ("USCIS").

Aunque cada año se presentan y aprueban cientos de miles de peticiones I-140, un empleador que es nuevo en este proceso puede cometer errores que podrían poner en peligro la petición o incluso resultar en su denegación. Este artículo cubre las partes específicas del formulario I-140, qué documentos debe incluir el empleador con la petición y cómo el empleador envía la petición al USCIS.

 

 

CÓMO COMPLETAR EL FORMULARIO I-140

 

La versión actual del formulario I-140 se divide en nueve partes. (Periódicamente, el gobierno de los EE. UU. Actualizará / cambiará el formulario I-140. Consulte el sitio web de USCIS para asegurarse de que está completando la versión más reciente, o USCIS rechazará su envío).

 

Los empleadores deben completar cuidadosamente todas las partes del formulario y recordar verificar que toda la información proporcionada sea verdadera y correcta.

 

La parte 1 del formulario solicita información sobre el empleador, como el nombre de la empresa, la dirección, la información de contacto y el número de impuestos del IRS. Tenga en cuenta que ciertos tipos de trabajadores extranjeros no requieren un patrocinador del empleador y pueden presentar el I-140 por sí mismos, por lo que la Parte 1 contiene espacio para el nombre y la dirección del auto-patrocinador extranjero. El patrocinador del empleador solo debe proporcionar el nombre y la dirección del empleador en esta sección, no el del trabajador extranjero ni el de la persona que completa el formulario en nombre de la empresa.

 

La parte 2 del formulario requiere que el empleador indique qué tipo de clasificación basada en el empleo solicita al USCIS que le otorgue al trabajador extranjero. Esta clasificación se refiere a las categorías basadas en el empleo de EB-1, EB-2 y EB-3. En el momento de presentar el I-140, el empleador ya sabrá qué clasificación solicitar al USCIS. Sin embargo, esta parte del formulario es especialmente importante porque, si el empleador solicita una clasificación incorrecta por error, USCIS rechazará la petición.

 

La Parte 3 solicita información sobre el trabajador extranjero, incluido el nombre completo, la dirección, el país de nacimiento, la ciudadanía y el número de seguro social de los EE. UU. (Si corresponde) del trabajador. La Parte 3 también solicita el número I-94 del trabajador extranjero y el estado actual de no inmigrante (si el trabajador ya se encuentra en los EE. UU.). El empleador debe asegurarse de proporcionar la información más actualizada sobre el estado del trabajador, la fecha de vencimiento del estado, el número I-94 del trabajador y la fecha en que el trabajador llegó a los Estados Unidos. USCIS puede verificar que esta información sea correcta. Si no es así, USCIS puede rechazar la petición.

 

La Parte 4 solicita información de procesamiento, que se refiere a otros detalles sobre el procesamiento de inmigración anterior y futuro del trabajador extranjero. Por ejemplo, la Parte 4 requiere que el empleador indique si el trabajador solicitará la tarjeta verde desde dentro de los EE. UU. O en un consulado de EE. UU. En el extranjero. El empleador también debe proporcionar la dirección en el extranjero del trabajador.

 

Además, el empleador debe indicar si se están presentando otras peticiones con el I-140 (como la solicitud de tarjeta verde I-485), si el trabajador está en proceso de remoción / deportación, y si el empleador o cualquier otro empleador ha presentado alguna vez un I-140 en nombre del trabajador. Si se han presentado otras peticiones I-140 en nombre del trabajador extranjero, el empleador debe explicar de qué tipo (EB-2, EB-3, etc.), el nombre del empleador que presentó la petición anterior, si el USCIS aprobó o rechazó la petición, la fecha de presentación y aprobación / denegación de la petición, y el número de recibo de USCIS para la petición. Si se han presentado múltiples peticiones I-140 para el trabajador extranjero, el empleador debe proporcionar toda esta información para todas las peticiones.

 

La Parte 5 requiere información adicional sobre el empleador, como el tipo de negocio, la fecha en que se estableció, su ingreso anual bruto y neto anual, y su número actual de empleados estadounidenses. Esta sección también requiere información sobre la certificación laboral (como la fecha de presentación, la fecha de vencimiento y el número de caso) si el empleador completó el proceso de certificación laboral. (Si el empleador no completó el proceso de certificación laboral, simplemente escriba “N / A” en estas secciones). La parte 5 también solicita el código NAICS de la empresa. Un código NAICS es un código que el gobierno de los Estados Unidos asigna a diferentes tipos de negocios de acuerdo con su sector económico. (Estos códigos se utilizan con fines organizativos y estadísticos). La mayoría de las empresas relacionadas con las tecnologías de la información se rigen por los códigos NAICS 541512 o 541511.

 

La Parte 6 solicita información básica sobre el puesto de trabajo propuesto, incluido el título del trabajo, la descripción de un lego de los deberes del trabajo, la dirección del lugar de trabajo y el salario. La parte 6 también requiere el código SOC para el puesto. El sistema de códigos SOC es el sistema del gobierno de los EE. UU. Para clasificar las ocupaciones laborales (similar al sistema del gobierno de clasificar los sectores económicos con los códigos NAICS).

 

La Parte 7 solicita el nombre, la fecha de nacimiento y el país de nacimiento del cónyuge y los hijos del trabajador extranjero. Esta sección también requiere que el empleador indique si los miembros de la familia están solicitando tarjetas de residencia en los EE. UU. O en un consulado de EE. UU. En el extranjero.

 

La Parte 8 simplemente requiere la firma del empleador, el número de contacto durante el día, la dirección de correo electrónico y el cargo de la persona que firma en nombre del empleador.

 

La parte 9 la completa el abogado de inmigración del empleador (si corresponde) y requiere el nombre del abogado, la información de contacto y la firma.

 

 

 

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBE PRESENTAR EL EMPLEADOR CON LA PETICIÓN?

 

Cada petición I-140 es diferente, según las circunstancias del empleador, el tipo de puesto de trabajo, la clasificación de inmigración y el trabajador extranjero mismo. Por lo tanto, no se puede proporcionar una lista completa de documentos de respaldo. Sin embargo, los siguientes documentos son materiales que normalmente deben incluirse con cada petición I-140:

 

  • Cheque o giro postal para la tarifa de presentación I-140: El cheque / giro postal debe girarse en un banco de los EE. UU. Y hacerse pagadero al “Departamento de Seguridad Nacional de los EE. UU.” (Escríbalo en su totalidad, sin abreviaturas). Además, asegúrese de realizar el pago por la tarifa correcta; estas cantidades pueden cambiar de vez en cuando. Actualmente (principios de 2015), la tarifa de presentación de la petición I-140 es de $ 580, pero verifique el USCIS para confirmar antes de presentar la solicitud. (Incluir una tarifa incorrecta resultará en que USCIS rechace la presentación).

 

  • Solicitud de Certificación Laboral aprobada original firmada: Este formulario ORIGINAL debe estar firmado tanto por el trabajador extranjero como por el empleador, y el ORIGINAL debe incluirse en la petición I-140. Si el original se pierde, puede llevar meses reemplazarlo y retrasará negativamente la petición.

 

  • Carta del empleador en apoyo de la petición I-140: Esta carta debe imprimirse y firmarse con el membrete de la empresa y afirmar que la empresa tiene la intención de contratar al trabajador extranjero a tiempo completo y permanente con el salario indicado. Por lo general, la carta también incluye un breve resumen de las posibles obligaciones y calificaciones laborales del trabajador extranjero (como títulos educativos y experiencia laboral previa).

 

  • Prueba de que el empleador tiene la capacidad de pagar el salario potencial del trabajador extranjero (generalmente en forma de las declaraciones de impuestos corporativas más recientes del empleador).

 

  • Copias de los títulos educativos y expedientes académicos del trabajador extranjero, y cartas de empleadores anteriores que confirmen la experiencia del trabajador.

 

  • Copias de la visa actual del trabajador extranjero, I-94 y avisos de recibo / aprobación I-140 anteriores (si corresponde).

 

 

 

¿DÓNDE DEBE EL EMPLEADOR PRESENTAR LA PETICIÓN I-140?

 

En su sitio web, USCIS proporciona las direcciones exactas a las que los empleadores deben enviar las peticiones I-140. La dirección correcta depende de las circunstancias de la petición, como si el empleador envía la petición a través del servicio de mensajería o el Servicio Postal de los EE. UU., Si el I-140 se presenta al mismo tiempo que la solicitud I-485 para el ajuste de estatus, y otros factores.

Es muy importante presentar la petición en la dirección correcta; Si no lo hace, el USCIS puede devolver la petición a su remitente.

Por ejemplo, digamos que un empleador de EE. UU. Está presentando una petición I-140 independiente (sin ninguna otra petición que la acompañe) y utiliza FedEx para enviarla por correo. Según el sitio web de USCIS, la dirección correcta para estas circunstancias es:

 

 

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